Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

Autores/as

  • Juan Ignacio Santabaya González
  • María José Riofrío Casajoana

Palabras clave:

Medidas procesales, Medidas organizativas y tecnológicas, Celebración de los actos procesales por vía telemática, Atención al público, Creación de órganos y unidades judiciales, Jornada laboral de los trabajadores de la Administración de Justicia, Regla rebus sic stantibus, Propuesta de modificación del convenio, Declaración de incumplimiento del convenio, Apertura de la fase de liquidación, Acuerdos de refinanciación, Declaración de concurso de acreedores, Calificación de créditos, Tramitación preferente, Simplificación de actos, Causa de disolución por perdidas

Resumen

El 14 de marzo de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Como consecuencia del estado de alarma y de la propia coyuntura económica derivada de la crisis sanitaria, he resultado imprescindible adoptar una serie de medidas mediante las cuales se pretende, por un lado, adaptar el funcionamiento de la Administración de Justicia y, por otro, modificar ciertas instituciones procesales, en previsión del aumento de litigiosidad.

En este contexto, el pasado 19 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la administración de justicia. En el presenten artículo se analizan las principales medidas adoptadas por dicha Ley, en el ámbito civil, y de las cuales, en atención a la materia, nos centramos en: (i) medidas procesales; (ii) medidas organizativas y tecnológicas; y (ii) medidas en el ámbito concursal y societario.

Biografía del autor/a

María José Riofrío Casajoana

Perfil

María José Riofrío Casajoana se incorporó a Pérez-Llorca en julio de 2019. Anteriormente trabajó como asociada en el departamento de Litigación y Arbitraje de un despacho internacional tras haber realizado las prácticas del Máster de Acceso a la Abogacía en el departamento Inmobiliario de un reconocido despacho internacional.

Estudios:

  • 2015 Máster en Derecho de la Empresa (MUDE), Universidad de Navarra
  • 2015 Máster en Acceso a la Abogacía (MUAA), Universidad de Navarra
  • 2014 Grado en Derecho, Universidad de Navarra
  • 2014 Diploma Anglo-American Law Program, Universidad de Navarra
  • 2014 Diploma Business Law Program, Universidad de Navarra

Sus idiomas de trabajo son español e inglés.

Experiencia

María José forma parte del área de Litigación y Arbitraje, desarrollado su actividad profesional en los ámbitos civil y mercantil. Tiene experiencia asesorando a sociedades nacionales e internacionales, fondos de capital riesgo y bancos de inversión en materia de contratación comercial, operaciones inmobiliarias, arrendamientos, responsabilidad civil y seguros, así como en materia concursal, asesorando tanto a los acreedores como a la propia concursada, en solicitudes de declaración de concurso y compra de unidades productivas.

Pertenencia a organismos oficiales

Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).

Reconocimientos

María José Riofrío ha sido destacada en el directorio jurídico Best Lawyers® en la práctica de ‘Ones to watch: Litigation’.

Publicado

2020-11-01

Cómo citar

Santabaya González, J. I., & Riofrío Casajoana, M. J. (2020). Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. Revista Jurídica Pérez-Llorca, (4), 22. Recuperado a partir de https://ojs.perezllorca.com/index.php/revista-juridica-perez-llorca/article/view/ley-3-2020-de-18-de-septiembre-de-medidas-procesales-y-organizat