Novedades legislativas en materia de derecho de sociedades derivadas de la COVID-19
Palabras clave:
COVID-19, estado de alarma, celebración telemática, cuentas anuales, desconvocatoria de la junta, derecho de separación, disolución, sociedades cotizadasResumen
La excepcional situación causada por la COVID-19 y la declaración del estado de alarma hizo necesaria la modificación del derecho de sociedades para, entre otros aspectos, permitir a las sociedades mercantiles seguir operando durante el estado de alarma (evitando su bloqueo), facilitar el cumplimiento de ciertas obligaciones societarias (ampliando los plazos) y, en la medida de lo posible, paliar los efectos negativos de la pandemia. Las medidas adoptadas afectaban a aspectos básicos de la vida de las sociedades mercantiles como, por ejemplo, a la convocatoria de las juntas de socios, a la celebración telemática de juntas y de reuniones del órgano de administración, a la formulación y aprobación de las cuentas anuales, al derecho de separación de los socios o a las causas de disolución. Dada la importancia de estos aspectos en el tráfico mercantil, tiene sentido analizar las principales modificaciones que se adoptaron, así como destacar los problemas interpretativos que han surgido en la práctica.